La Compra-Venta Internacional

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1. Concepto

Es el acuerdo entre dos partes de distintos países en el que el vendedor se compromete a entregar y garantizar al comprador una cosa y este a pagar un precio en dinero o signo que lo represente.

2. Características Esenciales

No existe ningún Código de Comercio Internacional. Esto obliga a que todo quede perfectamente establecido y pactado en el contrato. De lo contrario, en caso de conflicto, habría que utilizar una ley neutral, que posiblemente obligaría a litigar con un idioma y legislación que no conocemos por completo (y por tanto lleno de inconvenientes).

El contrato debe contemplar, por medio de sus cláusulas, cualquier controversia que pueda surgir para solucionarlo.

 3. Clasificación del Contrato de Compra Venta Internacional

Consensual: En su origen es, además, REAL (entrega de una cosa). Se considera consensual ya que se perfecciona por el  puro acuerdo entre comprador y vendedor.

Bilateral: Existen obligaciones recíprocas para ambas partes.

Oneroso: Supone una equivalencia entre las prestaciones del comprador y vendedor.

Conmutativo: En el momento de celebrar el contrato se fijan las prestaciones de ambas partes.

Traslativo de dominio: Sirve como título para transmitir la propiedad de mercancías.

Típico: Está regulado por el Código Civil y Código de Comercio (Convención de Viena, 1980).

 

4. Elementos Fundamentales

REQUISITOS ESENCIALES

a. Consentimiento: La oferta verbal tiene la misma fuerza que las cláusulas escritas pues el contrato nace con el consentimiento y se perfecciona con la entrega.

b. Objeto

    b.1. Mercancía: Debe ser concreto y determinado o determinable. Es recomendable determinar lugar, forma y fecha de entrega y recepción de la mercancía.

    b.2. Precio: Deber ser real y estar representado en dinero. (Si no es real, es una donación y si no se cambia la mercancía por dinero sino por otro bien, se trata de una permuta). 

c. Causa: La causa de un contrato de compra venta internacional es la búsqueda del beneficio recíproco.

ELEMENTOS

a. Elementos personales: Ambas partes deben tener capacidad legal para contratar conforme a sus respectivas legislaciones.

b. Elementos reales

    b.1. Cosa: o derecho que es motivo de la venta.

    b.2. Precio: Bruto o neto (antes o después de impuestos).

    b.3. Cláusula de envases, embalajes y marcas: Debe recogerse con máxima exactitud de forma y presentación de la mercancía.

c. Elementos formales: Puede ser verbal o escrita. 

5. Obligaciones de las partes

a. Para el vendedor

1. Entregar el objeto. Excepciones: que el comprador no pague o se descubra su insolvencia.

2. Conservar y custodiar el objeto hasta la entrega.

3. Tiene responsabilidad de sanear la cosa de vicios o defectos ocultos (fallo que no se descubren a simple vista). Si el objeto tiene algún defecto que se ocultó en el momento de la transacción y el comprador no la hubiera adquirido de haberlo sabido, el vendedor deberá responsabilizarse del objeto. Sólo hay una excepción: que el comprador sea un perito (debería haberse dado cuenta).

b. Para el comprador

1. Pagar el precio (el lugar y momento de hacerlo debe constar en el contrato, de lo contrario se entiende que se hace a la entrega de la mercancía). Puede ser inmediato o aplazado. Excepción: que el comprador sospeche que no la van a entregar el objeto (difícil de probar). El impago es el incumplimiento más usual de los contratos de compra-venta. Para estos casos se utiliza la garantía reserva de domicilio (el vendedor tiene derecho de propiedad hasta que el comprador pague).

2. Recibir el objeto.

3. Pagar los gastos necesarios y útiles que se hayan efectuado desde la formalización del contrato.

4. Sufragar los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad y pagar el impuesto sobre bienes patrimoniales. Los gastos fiscales son del comprador.

6. Problemas de las compraventas internacionales.

Problemas:

1. Cómo entregar la mercancía.

2. Dónde se transmiten los riesgos.

3. Cómo distribuir los gastos.

4. Tramitar los documentos necesarios para cruzar la frontera.

5. La distancia entre países.

6. Cómo transportar la mercancía.

Solución: utilizar INCOTERMS (International Comercial Terms). Con ellos se decide cómo traspasar la propiedad de la mercancía, dónde se traspasan los riesgos y los gastos.

Los trámites documentales necesarios para trapasar la frontera, se requieren unos documentos. Estos son:

1. la licencia de importación y exportación.

2. el certificado de origen.

3. la facturas consulares

La obtención de estos documentos de una parte o de otra depende del Incoterm utilzado.

7. Cláusulas Básicas

Estas son todas las cláusulas que deben contener todos los contratos:

1.  Preámbulo: Hace referencia al origen que tenga el contrato con otro principal (poco frecuente).

2.  Partes: Comprador y vendedor. Debe constar su capacidad jurídica y de contratar conforme a su derecho.

3.  Objeto del contrato: Es la mercancía. Debe estar perfectamente detallado en cuanto a cantidad y calidad.

4.  Modo de entrega: Se determina por el Incoterm utilizado.

5.  Precios:

6.  Revisión de precio:

7.  Reserva:

8.  Penalización:

9.  Fuerza Mayor:

10. Idioma:

11. Garantías:

12. Legislación aplicable:

13. Solución litigios:

14. Medios de pago:

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