1.
Concepto
Es el
acuerdo entre dos partes de distintos países en el que el vendedor se
compromete a entregar y garantizar al comprador una cosa y este a pagar un
precio en dinero o signo que lo represente.
2.
Características Esenciales
No existe
ningún Código de Comercio Internacional. Esto obliga a que todo quede
perfectamente establecido y pactado en el contrato. De lo contrario, en caso de
conflicto, habría que utilizar una ley neutral, que posiblemente obligaría a
litigar con un idioma y legislación que no conocemos por completo (y por tanto
lleno de inconvenientes).
El contrato
debe contemplar, por medio de sus cláusulas, cualquier controversia que pueda
surgir para solucionarlo.
3.
Clasificación del Contrato de Compra Venta Internacional
Consensual:
En su origen es, además, REAL (entrega de una cosa). Se considera consensual ya
que se perfecciona por el puro acuerdo entre comprador y vendedor.
Bilateral:
Existen obligaciones recíprocas para ambas partes.
Oneroso:
Supone una equivalencia entre las prestaciones del comprador y vendedor.
Conmutativo:
En el momento de celebrar el contrato se fijan las prestaciones de ambas partes.
Traslativo
de dominio:
Sirve como título para transmitir la propiedad de mercancías.
Típico:
Está regulado por el Código Civil y Código de Comercio (Convención de Viena,
1980).
4.
Elementos Fundamentales
REQUISITOS
ESENCIALES
a. Consentimiento:
La oferta verbal tiene la misma fuerza que las cláusulas escritas pues el
contrato nace con el consentimiento y se perfecciona con la entrega.
b. Objeto:
b.1. Mercancía: Debe ser concreto y determinado o determinable. Es
recomendable determinar lugar, forma y fecha de entrega y recepción de la
mercancía.
b.2. Precio: Deber ser real y estar representado en dinero. (Si no es
real, es una donación y si no se cambia la mercancía por dinero sino por otro
bien, se trata de una permuta).
c. Causa:
La causa de un contrato de compra venta internacional es la búsqueda del
beneficio recíproco.
ELEMENTOS
a. Elementos
personales: Ambas partes deben tener capacidad legal para contratar conforme
a sus respectivas legislaciones.
b. Elementos
reales:
b.1. Cosa: o derecho que es motivo de la venta.
b.2. Precio: Bruto o neto (antes o después de impuestos).
b.3. Cláusula de envases, embalajes y marcas: Debe recogerse con máxima
exactitud de forma y presentación de la mercancía.
c. Elementos
formales: Puede ser verbal o escrita.
5.
Obligaciones de las partes
a. Para
el vendedor
1. Entregar
el objeto. Excepciones: que el comprador no pague o se descubra su
insolvencia.
2. Conservar
y custodiar el objeto hasta la entrega.
3. Tiene
responsabilidad de sanear la cosa de vicios o defectos ocultos (fallo que no
se descubren a simple vista). Si el objeto tiene algún defecto que se ocultó
en el momento de la transacción y el comprador no la hubiera adquirido de
haberlo sabido, el vendedor deberá responsabilizarse del objeto. Sólo hay una
excepción: que el comprador sea un perito (debería haberse dado cuenta).
b. Para
el comprador
1. Pagar
el precio (el lugar y momento de hacerlo debe constar en el contrato, de lo
contrario se entiende que se hace a la entrega de la mercancía). Puede ser
inmediato o aplazado. Excepción: que el comprador sospeche que no la van a
entregar el objeto (difícil de probar). El impago es el incumplimiento más
usual de los contratos de compra-venta. Para estos casos se utiliza la garantía
reserva de domicilio (el vendedor tiene derecho de propiedad hasta que el
comprador pague).
2. Recibir
el objeto.
3. Pagar
los gastos necesarios y útiles que se hayan efectuado desde la formalización
del contrato.
4. Sufragar
los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad y pagar el
impuesto sobre bienes patrimoniales. Los gastos fiscales son del comprador.
6.
Problemas de las compraventas internacionales.
Problemas:
1. Cómo
entregar la mercancía.
2. Dónde se
transmiten los riesgos.
3. Cómo
distribuir los gastos.
4. Tramitar
los documentos necesarios para cruzar la frontera.
5. La
distancia entre países.
6. Cómo
transportar la mercancía.
Solución:
utilizar INCOTERMS (International Comercial Terms). Con ellos se decide cómo
traspasar la propiedad de la mercancía, dónde se traspasan los riesgos y los
gastos.
Los trámites
documentales necesarios para trapasar la frontera, se requieren unos documentos.
Estos son:
1. la
licencia de importación y exportación.
2. el
certificado de origen.
3. la
facturas consulares
La obtención
de estos documentos de una parte o de otra depende del Incoterm utilzado.
7. Cláusulas
Básicas
Estas son
todas las cláusulas que deben contener todos los contratos:
1. Preámbulo:
Hace referencia al origen que tenga el contrato con otro principal (poco
frecuente).
2. Partes:
Comprador y vendedor. Debe constar su capacidad jurídica y de contratar
conforme a su derecho.
3. Objeto
del contrato: Es la mercancía. Debe estar perfectamente detallado en cuanto
a cantidad y calidad.
4. Modo
de entrega: Se determina por el Incoterm utilizado.
5. Precios:
6. Revisión
de precio:
7. Reserva:
8. Penalización:
9. Fuerza
Mayor:
10. Idioma:
11. Garantías:
12. Legislación
aplicable:
13. Solución
litigios:
14. Medios
de pago:
http://genteactiva.tripod.com/Derecho_Empresa/resumen/tema_2.htm